El Consejo de Ministros ha aprobado tres importantes normas jurídicas que contribuyen al desarrollo de la eficiencia energética en España. Son la Ley de Rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbanas; el R.D. por el que se aprueba la certificación energética de edificios nuevos y existentes; y el R. D. que modifica el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE).
La nueva Ley de Rehabilitación, regeneración y renovación Urbana establece mecanismos que permitirán poner en práctica desde las operaciones más sencillas, que afectan a la rehabilitación de un edificio, a las más completas, que van desde la regeneración de tejidos urbanos ya existentes a la reurbanización de zonas más amplias dentro de las ciudades.
Estas operaciones buscan contribuir al fomento de la calidad, la sostenibilidad y la competitividad, tanto en la edificación como en el suelo, y acercarán nuestro marco normativo al marco europeo, sobre todo en relación con los objetivos de eficiencia y ahorro energético.
El parque edificado en España se encuentra lejos de las exigencias europeas relativas a la eficiencia energética de los edificios y, por lo tanto, de las ciudades. Cerca del 60% de las viviendas españolas se construyeron sin ninguna normativa mínima de eficiencia energética (la primera es de 1979), lo que sitúa a España en una difícil posición de cara al cumplimiento de los Objetivos europeos de ahorro y eficiencia para 2020. Además, de los 10,7 millones de viviendas en edificios de cuatro o más plantas, cuatro millones aún no tienen ascensor y un porcentaje muy elevado de viviendas se encuentra en deficiente situación de conservación.
Novedades de la Ley
Entre las novedades más relevantes que forman parte del nuevo texto legal están las siguientes:
- La configuración del deber de conservación como uno de los deberes fundamentales relacionados con el medio urbano y, por tanto, su regulación con carácter uniforme.
- La regulación básica de un Informe de Evaluación de los Edificios, que trata de superar las insuficiencias de la Inspección Técnica de Edificios, demandada por el Estado a partir del Real Decreto Ley 8/2011. Este informe evalua el estado de conservación de los edificios e informa sobre el grado de cumplimiento de la normativa vigente en materia de accesibilidad, e incluirá la Certificación de la Eficiencia Energética. Esta última, con un mero carácter informativo, y con independencia de que alguna de las viviendas del edificio vaya a ser puesta en venta o en alquiler. El informe sólo se exigirá a los edificios de tipología residencial de vivienda colectiva que tengan más de 50 años y siempre que no hayan pasado ya la Inspección Técnica de Edificios de conformidad con su propia regulación.
- Se amplían las facultades de comunidades de vecinos, agrupaciones de propietarios y cooperativas para actuar en el mercado inmobiliario con plena capacidad jurídica para todas las operaciones, incluidas las crediticias relacionadas con las operaciones de rehabilitación.
- Se establecen mecanismos que permitirán obtener financiación externa para realizar rehabilitaciones. De manera especial, se introduce la figura de «la memoria de viabilidad económica» que acompañará a cada actuación y que podría justificar la aplicación de reglas excepcionales para vincular incrementos de edificabilidad o densidad, así como cambios a las distintas operaciones de rehabilitación, regeneración y/o renovación urbanas.
El Plan Estatal de la Vivienda 2013-2016 incluido dentro de esta Ley también contempla ayudas a la rehabilitación edificatoria en edificios e instalaciones para mejorar su estado de conservación, garantizar la accesibilidad y mejorar la eficiencia energética. Los inmuebles deberán tener una antigüedad anterior a 1981, al menos el 70% de su superficie debe tener uso residencial de vivienda y constituir el domicilio habitual de sus propietarios o arrendatarios.
Podrán solicitar estas ayudas comunidades de propietarios, agrupaciones de comunidades o propietarios únicos de edificios de viviendas. Se concederán ayudas de hasta 4.000 por vivienda para conservación, 2.000 por vivienda para mejora de la eficiencia energética (5.000 si se reduce en un 50% la demanda energética del edificio) y 4.000 por vivienda para mejora de accesibilidad.
En el caso de la regeneración urbana, se financiará la realización conjunta de obras de rehabilitación en edificios y viviendas, de urbanización o reurbanización del espacio público o de edificación en sustitución de edificios demolidos.
Los beneficiarios serán quienes asuman la responsabilidad de la ejecución integral del ámbito de actuación con ayudas de hasta 11.000 por vivienda rehabilitada, 30.000 por vivienda construida en sustitución de otra demolida y 2.000 por vivienda para la obra de urbanización.
Informe de Evaluación de Edificios
Asimismo, el plan incluye ayudas a la implantación del anteriormente citado Informe de Evaluación de Edificios, con una subvención máxima del 50% del coste del mismo.Por último, se establecen ayudas para el fomento de ciudades sostenibles y competitivas, a través de la mejora de barrios, centros y cascos históricos, sustitución de infraviviendas y zonas turísticas.
Medidas adicionales
- Línea ICO para la rehabilitación de viviendas y edificios 2013: para atender las necesidades de financiación de particulares y comunidades de propietarios para acometer proyectos de rehabilitación o reforma de viviendas y edificios. En este caso la dotación será de mil millones de euros.
- LÍNEA IDAE. Programa de ayudas a proyectos integrales de ahorro y eficiencia energética en edificios de viviendas: para incentivar la realización de actuaciones integrales de ahorro y mejora de la eficiencia energética, así como la utilización de energías renovables (renovación de ventanas, fachadas, calderas, equipos de aire acondicionado, etcétera). La dotación será de cien millones de euros para ayudas públicas directas y préstamos reembolsables.
- Proyecto CLIMA: Compra de créditos por reducciones verificadas de CO2 en el sector de la vivienda hasta los cuatro primeros años de funcionamiento del proyecto, por parte del Fondo de Carbono para una Economía Sostenible (diez millones de euros en 2013).
PROGRAMA DE REHABILITACIÓN ENERGÉTICA DE VIVIENDAS DEL IDAE
Para apoyar este nuevo marco legislativo, con el fin de mejorar el estado de conservación de los edificios de viviendas, su seguridad, habitabilidad, salubridad y accesibilidad, el Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el cual el Ministerio de Industria, Energía y Turismo, a través del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), pondrá en marcha próximamente un programa específico de ayudas y financiación para facilitar la ejecución de medidas de mejora de la eficiencia energética y la utilización de las energías renovables.
Con una dotación de cien millones de euros, este programa busca promover la realización de medidas de ahorro y eficiencia sobre la envolvente y las instalaciones térmicas de los edificios existentes de uso residencial, y la incorporación de energías renovables (biomasa y geotermia, principalmente).
Podrán ser beneficiarios de las ayudas o de la financiación de este programa las comunidades de propietarios de edificios residenciales de uso vivienda, las comunidades de bienes de los propietarios de edificios de viviendas no divididas horizontalmente y las personas físicas propietarias de un edificio de viviendas unifamiliar.
Se considerarán actuaciones susceptibles de ayuda las actuaciones integrales en edificios de viviendas siempre que comprendan una o varias de las siguientes medidas que mejoren la calificación energética del edificio o viviendas afectadas:
- Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica de los edificios de viviendas existentes.
- Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas de los edificios de viviendas existentes.
- Sustitución de energía convencional por biomasa en las instalaciones de calefacción, climatización y agua caliente sanitaria de los edificios de viviendas existentes.
- Sustitución de energía convencional por energía geotérmica en las instalaciones de calefacción, refrigeración y producción de agua caliente sanitaria de los edificios de viviendas existentes.
- La dotación económica del plan se repartirá equitativamente entre las cuatro tipologías de actuaciones anteriores.
CERTIFICADO ENERGÉTICO PARA ALQUILAR O COMPRAR
Dentro de esta política de apoyo a la vivienda y rehabilitación, y dando cumplimiento a la normativa comunitaria que data de 2002 y sobre la que España acumulaba un alarmante retraso, el Consejo de Ministros ha aprobado, además, el R.D. por el que e aprueba el procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de los edificios.
A partir de 1 de junio de 2013 será obligatorio poner a disposición de los compradores o arrendadores de edificios o de parte de los mismos, para alquileres con una duración superior a cuatro meses, un certificado de eficiencia energética. Este certificado, además de la calificación energética del edificio, deberá incluir información objetiva sobre las características energéticas de los edificios, y, en el caso de edificios existentes, documento de recomendaciones para la mejora de los niveles óptimos o rentables de la eficiencia energética del edificio o de una parte de éste, de forma que se pueda valorar y comparar la eficiencia energética de los edificios, con el fin de favorecer la promoción de edificios de alta eficiencia energética y las inversiones en ahorro de energía.
Programas informáticos del IDAE
Como herramienta para facilitar la obtención de dichos certificados, por mandato del Ministerio de Industria, Energía y Turismo y del Ministerio de Fomento, el IDAE ha elaborado los programas informáticos CE3 y CE3X, ambos publicados como Documentos Reconocidos a disposición de los técnicos certificadores.
Además, el IDAE se ha encargado de llevar a cabo un plan de formación para técnicos responsables de certificar energéticamente los edificios y de aquellos otros encargados de su control e inspección sobre las herramientas reconocidas CE3 y CE3X. Finalmente, IDAE se encargará de informar a los vendedores, compradores y usuarios de viviendas y edificios en general sobre las nuevas obligaciones a las que tienen que hacer frente.
Obligaciones para las Administraciones Públicas
Como actuación ejemplarizante de las Administraciones Públicas, el R.D. obliga a que todos los edificios en los que una autoridad pública ocupe una superficie útil total superior a 500 m 2 abiertos al público, dispongan del certificado de eficiencia energética y exhiban su etiqueta de eficiencia energética. El complejo Cuzco que alberga a los Ministerios de Industria, Energía y Turismo, Economía y Competitividad y parte de Hacienda y Administraciones Públicas, ya ha sido calificado mediante el programa informático de referencia obteniendo la calificación energética C.
FUENTE: Asociación de empresas de Eficiencia Energética